Le asesoramos sobre el Impuesto sobre Sucesiones en Galicia
En Galicia heredar bienes obliga a liquidar el Impuesto sobre Sucesiones.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto cuyo rendimiento ha sido cedido a la Comunidad Autónoma de Galicia que ha establecido una regulación propia y diferenciada de la del resto del territorio español.
En virtud del artículo 24 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, habrá que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones conforme a la Ley gallega cuando el causante (o fallecido) tenga su residencia habitual en Galicia en la fecha de fallecimiento.
Beneficios fiscales
En Gestoría Sáez Asesoría en Pontevedra podemos ayudarle a realizar correctamente la autoliquidación y pago del Impuesto sobre Sucesiones en Galicia, aprovechando todos los beneficios fiscales existentes en Galicia y minimizando el coste final.
Posibles sanciones y beneficios fiscales
Tenga en cuenta que es muy frecuente que los órganos de la Consellería de Facenda notifiquen con posterioridad una liquidación incrementando el importe a pagar por el Impuesto sobre Sucesiones y, en determinados supuestos, puede ir acompañada de sanciones. Además, la normativa gallega ha establecido determinados beneficios fiscales cuya aplicación no es autómatica y podría solicitar.
Nuestra experiencia
En Gestoría Sáez Asesoría en Pontevedra llevamos más de 25 años asesorando sobre Impuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia y podemos planificar con antelación el pago que sus herederos deberán hacer en el futuro.